Impugnar un comparendo es inconformarse formalmente ante el organismo de tránsito porque consideras que la orden de comparendo es injusta, tiene errores o no te corresponde. Con la impugnación pides ser escuchado en audiencia para que la autoridad revise las pruebas y decida si te declara contraventor o te exonera.
No es lo mismo que pagar. Si pagas, normalmente aceptas la infracción y el caso se cierra. Si impugnas, no la aceptas y el proceso sigue hasta que la autoridad de tránsito tome una decisión.
Comparendo y multa: no son lo mismo
El comparendo es la orden formal que notifica una presunta infracción de tránsito, según el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002). La multa es la sanción económica que llega después, cuando te declaran responsable o cuando no te presentas a tiempo. Ambos se pueden consultar en el SIMIT.
Cuándo tiene sentido impugnar
- Error en los datos: placa mal digitada, vehículo distinto al tuyo, fecha o lugar equivocados.
- Infracción mal calificada: el agente marcó un código que no corresponde a lo ocurrido.
- No eras el conductor: es común en fotodetección, cuando la cámara registra la placa pero no a quien manejaba.
- Venta sin traspaso: el carro o la moto ya no era tuyo, aunque seguía a tu nombre en el RUNT.
- Notificación indebida: no te notificaron dentro de los términos o a la dirección registrada.
- Falta de señalización: la señal no existía, estaba tapada o no era visible.
- Infracción ya pagada o duplicada.
Plazos que debes tener presentes
Cuando el comparendo se pone en la vía, la ley fija un plazo de 11 días hábiles desde la notificación para presentarte ante la autoridad de tránsito. Si no apareces, el proceso puede seguir sin tu versión y terminar en multa.
También existen descuentos por pronto pago y curso de tránsito, pero solo aplican si decides aceptar la infracción. Los porcentajes y términos han tenido ajustes, así que confírmalos con tu organismo de tránsito antes de decidir.
Paso a paso para impugnar
- Consulta el comparendo. Revisa en el SIMIT la fecha, el código de la infracción, el valor y el organismo de tránsito que lo expidió.
- Reúne tus pruebas. Pueden ser fotos, videos, contrato de compraventa, documentos del traspaso, certificados, testigos o cualquier soporte que respalde tu versión.
- Preséntate o radica tu solicitud. Hazlo ante el organismo de tránsito competente y dentro del plazo, sea de forma presencial o por los canales que habilite esa entidad.
- Asiste a la audiencia. Allí explicas tu caso, presentas pruebas y pides que se practiquen otras si hace falta.
- Espera la decisión. La autoridad puede exonerarte o declararte contraventor y fijar la sanción.
Qué pasa si pierdes en la audiencia
Si te declaran contraventor, puedes interponer los recursos de reposición y apelación en la misma audiencia, según el procedimiento del Código Nacional de Tránsito. Agotada esa vía, algunas decisiones se pueden discutir ante la jurisdicción contencioso administrativa, normalmente con ayuda de un abogado.
El caso de las fotomultas
Las infracciones detectadas por cámaras se rigen por normas propias, como la Ley 1843 de 2017 y sus ajustes posteriores. La notificación debe cumplir términos y llegar a la dirección registrada en el RUNT, por eso mantener esos datos al día te evita sorpresas. Además, la Corte Constitucional, en la sentencia C-038 de 2020, señaló que el propietario no responde automáticamente por una infracción que cometió otra persona. Si ese es tu caso, tu defensa suele centrarse en demostrar quién conducía o por qué el vehículo no estaba bajo tu control.
Qué consejos prácticos ayudan
- Guarda siempre copia del comparendo, la radicación y las pruebas.
- Actualiza tu dirección y tus datos de contacto en el RUNT.
- Si vendes un vehículo, haz el traspaso completo y conserva el comprobante.
- No dejes pasar los plazos esperando que el caso se resuelva solo.
Por qué importa si vas a comprar un carro o una moto usada
Los comparendos y multas pendientes quedan asociados a la persona y, según el caso, al vehículo. Para trámites como el traspaso, los organismos de tránsito suelen pedir que no haya obligaciones pendientes, y una deuda que no conocías puede frenar la negociación o terminar en tu bolsillo. Un comparendo en proceso de impugnación sigue apareciendo en el sistema hasta que se resuelva, así que pídele al vendedor los soportes del caso.
Antes de cerrar el negocio, puedes revisar la placa en cerosusto para ver qué información pública aparece asociada al vehículo, incluidos posibles comparendos, y confirmarla después con el SIMIT y el organismo de tránsito. Esto te ayuda a negociar con más datos, pero no reemplaza una revisión completa de los documentos.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa impugnar un comparendo?
Significa presentar formalmente tu desacuerdo con un comparendo ante el organismo de tránsito. La autoridad te escucha en audiencia, revisa las pruebas y decide si te declara contraventor o te exonera. Mientras tanto, no aceptas la infracción.
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un comparendo?
Para comparendos puestos en la vía, la ley establece 11 días hábiles desde la notificación para presentarte ante la autoridad de tránsito. En fotodetección los términos de notificación tienen reglas propias. Confirma las fechas exactas con tu organismo de tránsito.
¿Qué pasa si impugno y pierdo?
Si te declaran contraventor, puedes interponer recursos de reposición y apelación en la misma audiencia. Si se confirma la decisión, debes pagar la multa y, en algunos casos, se puede acudir a la jurisdicción contencioso administrativa con apoyo de un abogado.