La respuesta corta
Una moto nueva en Colombia no necesita revisión técnico-mecánica durante sus primeros dos años. La primera revisión se hace cuando la moto cumple dos años, contados desde la fecha de matrícula, y desde ahí se renueva cada año. La norma puede cambiar, así que antes de pagar confirma la fecha en el RUNT o en un centro de diagnóstico automotor (CDA).
Ojo: que no te exijan tecnomecánica no significa que no tengas obligaciones. El SOAT sí es obligatorio desde el primer día que la moto circula.
Desde cuándo se cuentan los dos años
El plazo no corre desde que la compraste ni desde que salió de la fábrica. Corre desde la fecha en que la moto quedó matriculada ante el organismo de tránsito. Esa fecha aparece en la licencia de tránsito y en el registro del RUNT.
Por eso a veces hay diferencias entre lo que uno cree y lo que dice el sistema. Una moto que estuvo meses en un concesionario antes de matricularse empieza a contar solo desde la matrícula. Una moto que se matriculó hace casi dos años y se vende como «nueva» ya está cerca de su primera revisión.
Cómo calcular tu fecha de vencimiento
- Busca la fecha de matrícula en la licencia de tránsito.
- Súmale dos años: esa es la fecha límite de la primera revisión.
- Una vez hecha, la siguiente vence un año después de la anterior.
- Confirma la fecha en el RUNT, porque es la que se usa para verificar que estés al día.
Qué se revisa en una moto
La revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes se hace en un CDA autorizado. En una moto, el centro suele revisar:
- Frenos delantero y trasero.
- Luces: delantera, stop, direccionales y reflectivos.
- Llantas y su desgaste.
- Suspensión y dirección.
- Emisiones de gases y nivel de ruido.
- Identificación: que el número de motor y de chasis coincidan con los documentos.
Qué llevar al CDA
- Licencia de tránsito de la moto.
- Cédula del propietario o de quien lleva la moto.
- SOAT vigente.
- La moto en buen estado de funcionamiento, con las luces y frenos operando.
Qué pasa si no la haces a tiempo
Circular sin la revisión vigente, cuando ya te corresponde, puede traer un comparendo y la inmovilización de la moto. La multa queda registrada en el SIMIT, y mientras esté pendiente puede complicarte el traspaso o cualquier otro trámite. Además, la revisión vencida afecta la verificación documental cuando quieras vender.
Si compras una moto usada: no te confíes del «es casi nueva»
Si te ofrecen una moto con pocos kilómetros, no basta con mirarla. Antes de pagar conviene revisar:
- La fecha de matrícula, para saber si ya le toca tecnomecánica o está por vencerse.
- Si hay comparendos o multas en el SIMIT a nombre del propietario o de la moto.
- Que el SOAT esté vigente.
- Si tiene limitaciones a la propiedad, como prenda o embargo, que pueden frenar el traspaso.
- Que los datos de la moto en el RUNT (marca, línea, modelo, color, números de motor y chasis) coincidan con lo que tienes al frente.
Una forma práctica de empezar es revisar la placa en cerosusto y cruzar lo que muestre con los documentos físicos del vendedor. Es un servicio privado, no oficial, así que lo que importa es que luego confirmes lo esencial en las entidades correspondientes.
Errores comunes con la tecnomecánica de motos
- Contar desde la compra. El plazo corre desde la matrícula.
- Confundir SOAT con tecnomecánica. Son documentos distintos y ambos son obligatorios cuando corresponde.
- Dejarla para el último día. Si el CDA encuentra una falla, tendrás que corregirla y volver, y el plazo sigue corriendo.
- Ir a un lugar no autorizado. La revisión solo vale si la hace un CDA habilitado y queda registrada en el RUNT.
Resumen
Moto nueva: sin tecnomecánica los primeros dos años desde la matrícula, con SOAT desde el día uno. Luego, revisión anual. Si estás comprando, la fecha de matrícula y el estado en el RUNT y el SIMIT te dicen mucho más que el aspecto de la moto.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo debe hacer la tecnomecánica una moto nueva?
La primera revisión técnico-mecánica se hace cuando la moto cumple dos años desde su fecha de matrícula. Después se renueva cada año. Confirma tu fecha exacta en el RUNT o en un CDA.
¿Una moto nueva necesita SOAT aunque no tenga tecnomecánica?
Sí. El SOAT es obligatorio desde el primer día que la moto circula, sin importar que todavía no le toque la revisión técnico-mecánica. Son documentos distintos con plazos distintos.
¿Los dos años se cuentan desde la compra o desde la matrícula?
Se cuentan desde la fecha de matrícula ante el organismo de tránsito, no desde la compra ni desde la fabricación. Esa fecha aparece en la licencia de tránsito y en el registro del RUNT.